Deberá considerarse el efecto de una fuerza longitudinal del 5% de la carga viva en todos los carriles destinados al tránsito en una misma dirección. En aquellos puentes donde se considere puedan llegar a ser en el futuro de un solo sentido, deberán considerarse cargados todos sus carriles. Se empleará la carga por carril y además la carga concentrada para momento especificada en el inciso 1.2.8, sin impacto y con la reducción establecida en el Inciso 1.2.9 para el caso de carriles con cargas múltiples. El centro de gravedad de la fuerza longitudinal se supondrá a 1,83 m arriba de la losa del piso, y que ésta se transmite a la subestructura a través de la superestructura.
La fuerza longitudinal debida a la fricción en los apoyos para dilatación, así como la resistencia al esfuerzo cortante en los apoyos de elastómeros, deberá tomarse en cuenta en el proyecto
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