Las cámaras con profundidad mayor a 1 [m.] deben tener peldaños de fierro de 5/8” espaciados cada 30 [cm.]
La ubicación de las cámaras de inspección pueden tener las siguientes ubicaciones:
- En todo cambio de dirección, diámetro y pendiente.
- En todo arranque de colector.
- En la confluencia de dos o más colectores.
- En distancias mayores a 15 [m.].
- Próximo al límite de propiedad para su conexión con la red pública.
- En la parte superior aguas arriba, e inferior aguas debajo de un muro de contención.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario